En
nuestro despacho de administración de
fincas en Tenerife, una de las consultas más frecuentes que recibimos vienen
de propietarios que, disconformes con alguno de los acuerdos a los que ha
llegado su comunidad, quieren saber qué pasos tienen que dar para anular esos
acuerdos. En ocasiones, un copropietario entiende que se han conculcado sus
derechos con uno de los acuerdos tomados en la última junta de vecinos.
A lo largo de los años que llevamos dedicados a la administración de fincas en Tenerife, hemos tenido oportunidad de
presenciar debates muy serios en algunas comunidades donde alguno de los copropietarios
se muestra firmemente contrario con algunas de las medidas propuestas. Si estas
medidas son finalmente aprobadas por la mayoría, a los disconformes siempre les
queda la posibilidad de impugnar judicialmente ese acuerdo.
La Ley de Propiedad Horizontal permite esta posibilidad para los acuerdos que
sean contrarios a la Ley o a los estatutos de la propia comunidad, que hayan
sido aprobados con situación de abuso, o
también cuando sean perjudiciales para uno o más de los copropietarios. Eso sí,
también establece el plazo máximo para presentar esa impugnación que no debe
superar los tres meses contados a partir de la fecha en la que se tomó el
acuerdo o bien desde el momento en el
que se produjo la notificación oficial si es que el impugnante no estaba
presente en la reunión.
La solicitud de esta impugnación ha de hacerse por escrito y dirigirla al
juzgado, por lo que es conveniente que esté bien argumentada y perfectamente
expuesto el acuerdo y los motivos por los que se quiere impugnar, por eso,
desde Administraciones Juan Carlos
Delgado, recomendamos siempre en estos casos contar con el asesoramiento de
un experto.
Qué puedo hacer si no estoy conforme con un acuerdo de mi comunidad
04/11/20154 de Noviembre de 2015
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